En caso de finalizar el contrato de arrendamiento previo al cumplimiento de la fecha contractual, ¿se debe indemnizar a las partes afectadas?

Existen muchas razones por las cuales se puede dar por finalizada una relación contractual entre arrendador y arrendatario, pero se debe tener presente que el incumplimiento en las cláusulas genera una indemnización a favor de las partes afectadas que deben ser asumidas por el causante.

El motivo más común en este tipo de casos puede ser el incumplimiento en los pagos mensuales del canon de arrendamiento, pero no es la única razón para dar por terminado el contrato, también está el incumplimiento en el pago de servicios públicos, incumplir con las normas establecidas por el régimen de propiedad horizontal (si aplica), dar un uso diferente al inmueble a lo estipulado en el contrato, causar daños en el inmueble o cualquier otra cláusula incluida en el contrato por el arrendador y/o arrendatario; ahora bien, frente a los incumplimientos por el arrendador que pueden generar la terminación del contrato encontramos la falta de mantenimiento en el inmueble para destinarlo al uso acordado, la falta de gestión frente a problemas con terceros que perturben el goce del inmueble arrendado y la afectación a los servicios públicos en la propiedad.

Cabe recordar que estas causales anteriormente mencionadas no siempre significan la terminación del contrato entre las partes, pues en algunos casos se pueden conciliar las diferencias y continuar ocupando el inmueble, pero siempre se genera una indemnización a favor de los afectados.

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